Secretaría Comunal de Planificación

La Secretaría Comunal de Planificación desempeñará funciones de asesoría del Alcalde y del Concejo en materias de estudio y evaluación, propios de las competencias de ambos órganos municipales.

La Secretaría Comunal de Planificación tiene a su cargo las siguientes funciones específicas:      

  1. Servir de secretaría técnica permanente del Alcalde y del Concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna.
  2. Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos del Plan de Desarrollo Comunal y del Presupuesto Municipal.
  3. Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el Presupuesto Municipal, e informar sobre estas materias al Concejo, a lo menos semestralmente.
  4. Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
  5. Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo.
  6. Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna.
  7. Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones.
  8. Estudiar, programar y evaluar el proceso de desarrollo comunal en sus aspectos sociales, territoriales y económicos, dando origen a programas y proyectos específicos en cada una de estas áreas en coordinación con las unidades municipales correspondientes.
  9. Fomentar la coordinación e integración de los proyectos del sector privado con el Plan de Desarrollo Comunal.
  10. Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo urbano a través del Asesor Urbanista.
  11. Estudiar y elaborar el plan regulador comunal, y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar los planes seccionales para su aplicación a través del Asesor Urbanista.
  12. Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo a través del Asesor Urbanista.
  13. Promover el Desarrollo habitacional de la Comuna.
  14. Supervisar el proceso de registro de contratistas con la finalidad de contribuir al proceso de ejecución de proyectos, así como la mantención, actualización y calificación de los contratistas vigentes a través de una base de datos que debe generar y mantener esta sección.
  15. Representar administrativamente a la SECPLAN en relación a los proyectos PMU y FRIL, con la finalidad de facilitar las rendiciones de cuentas y pagos a los contratistas, así como su seguimiento y control durante la ejecución de los mismos.

Las unidades dependientes de la Secretaría Comunal de Planificación son las siguientes:

  • Departamento de Estudios y Proyectos.
  • Departamento Municipal de la Vivienda.
  • Departamento de Planificación Territorial.
  • Departamento de Análisis y Control de Gestión.
  • Departamento de Licitaciones.

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