La Dirección de Desarrollo Comunitario tiene como función propender al mejoramiento de la calidad de vida de la población y especialmente de los sectores sociales más vulnerables. Además, debe promover y potenciar la participación de la comunidad organizada, en las distintas esferas del desarrollo de la comuna, respondiendo a sus necesidades específicas a través de la implementación de programas y proyectos, fortaleciendo la seguridad ciudadana y promoviendo la capacitación laboral, deporte y recreación, el empleo, fomento productivo local y turismo. Todo ello en estricto cumplimiento del Plan de Desarrollo Comunal, la Misión Municipal y la Planificación Estratégica.
La Dirección de Desarrollo Comunitario tiene a su cargo las siguientes funciones:
- Asesorar al Alcalde y al Concejo en la formulación de los programas y proyectos necesarios para promoción del desarrollo social y comunitario.
- Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio.
- Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública, protección del medio ambiente, educación, cultura, capacitación laboral, deporte y recreación, promoción del empleo, fomento productivo local y turismo.
- Elaborar diagnósticos que permitan identificar, cuantificar y localizar los problemas socioeconómicos que afectan a la comunidad, manteniendo registros específicos y actualizados que desagreguen por sexo e incorporen la variable género.
- Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el Municipio.
- Dirigir y organizar los distintos recursos de la Dirección, en función del cumplimiento de los objetivos municipales, evaluando permanentemente su realización.
- Planificar, proponer y ejecutar distintos programas sociales en función de las necesidades específicas de los grupos prioritarios y vulnerables.
- Potenciar la generación de redes sociales a fin de coordinar los esfuerzos de todas las organizaciones, sectores y vecinos en general, para constituirse en motores de su propio desarrollo y el de la comuna favoreciendo la solución de sus problemas.
- Coordinar a nivel municipal y con organismos públicos y privados, la elaboración y ejecución de programas y proyectos en torno a las áreas estratégicas de la Dirección, establecidas en el Plan de Desarrollo Comunal.
- Gestionar recursos adicionales al Presupuesto Municipal, de modo de ampliar las posibilidades de intervención social, en coordinación con la Secretaría Comunal de Planificación.
- Administrar el registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos (Ley n° 19.862).
- Llevar un catastro de las sedes sociales existentes en la comuna y mantenerlo actualizado.
Las unidades dependientes de la Dirección de Desarrollo Comunitario son las siguientes:
- Departamento Social.
- Departamento de Organizaciones Comunitarias.
- Departamento de Deportes y Recreación.
- Departamento de Turismo.
- Departamento Desarrollo Económico.
- Departamento de Programas Sociales.