ARTÍCULO 1: La Oficina de Gobernanza y Territorio tiene como objetivo robustecer la gestión municipal y fortalecer la organización ciudadana a través del vínculo directo con el municipio.
ARTÍCULO 2: La Oficina de Gobernanza y Territorio tiene las siguientes funciones:
Generar instancias de diálogo entre la ciudadanía y la institucionalidad local para el levantamiento de necesidades;
Proponer y ejecutar programas tendientes a fortalecer acciones de desarrollo territorial; y
Realizar seguimiento a los levantamientos que se realicen en el territorio, llevando un registro actualizado de ellos y disponerlo a la unidad que lo requiera.