Dirección de Seguridad Pública

La Dirección de Seguridad Pública tendrá como función colaborar directamente con el alcalde o alcaldesa en las tareas de coordinación y gestión de las funciones municipales de desarrollo, implementación, evaluación, promoción, capacitación y apoyo de acciones de prevención social y situacional, conforme a la Ley.

La Dirección de Seguridad Pública, tiene a su cargo las siguientes funciones específicas: 

  1. Participar en la integración, a través de su director o directora que será Secretario/a Ejecutivo/a, del Concejo Comunal de Seguridad Pública en conjunto con los demás órganos que la Ley señala.
  2. Asesorar al alcalde o alcaldesa en la elaboración del Plan Comunal de Seguridad Pública y colaborar en la ejecución y evaluación de aquel que resulte aprobado.
  3. Promover la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social y de asistencia a víctimas, asesorando al alcalde o alcaldesa con tal objeto.
  4. Colaborar en la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad.
  5. Coordinar la acción preventiva en materias de Seguridad Pública con las oficinas provinciales, regionales y nacionales del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
  6. Coordinar actividades de prevención, mitigación, atención, control y recuperación ante eventuales emergencias de seguridad pública, que afecten a la comuna; sin perjuicio de lo cual podrá adoptar, previa delegación de funciones del alcalde o alcaldesa, las decisiones que sean necesarias y pertinentes, ante emergencias de Seguridad Pública, en coordinación con las demás unidades municipales que se requieran.
  7. Proponer y promover actividades de difusión de prevención social y situacional del delito.
  8. Confeccionar un catastro de sectores de riesgo en la comuna y definir estrategias para mejorar los índices de seguridad en ellos.
  9. Establecer relaciones de coordinación con Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y otras organizaciones públicas y privadas, para definir estrategias y acciones conjuntas que propendan a mantener un adecuado nivel de seguridad de la población.
  10. Postular y ejecutar los proyectos financiados con fondos concursables del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
  11. Elaborar y/o actualizar anualmente y realizar seguimiento al Plan Comunal de Seguridad Pública.
  12. Velar por el funcionamiento del COSEP (Consejo de Seguridad Pública) en la Comuna.
  13. Mantener actualizada una base de datos sobre los todos los eventos masivos de la comuna.
  14. Proponer al alcalde o alcaldesa, la contratación de Asesorías Externas para la confección de estudios y/o proyectos, que correspondan al quehacer y/o funciones de su materia especifica.
  15. Coordinar con instituciones, servicios públicos y policías procedimientos conjuntos de fiscalización en diferentes materias y sectores de la comuna.
  16. Coordinar operativos periódicos de fiscalización a lo largo del año con instituciones, servicios públicos y policías del comercio ambulante y Barrio Comercial, especialmente en época estival.
  17. Administrar y supervigilar el Sistema de cámaras y tele vigilancia de la comuna.
  18. Administrar y supervigilar el sistema de alerta y seguridad ciudadana de la comuna.
  19. Cumplir con las demás funciones que el alcalde o alcaldesa le asigne de acuerdo a la naturaleza de sus funciones, que estén dentro del marco legal y que no sea de aquellas que la Ley asigna a otras unidades.

 

Las unidades dependientes de la dirección de Seguridad Pública son las siguientes

  • Departamento de Inspección General.
  • Departamento de Seguridad Ciudadana.

 

Además, la dirección de Seguridad Pública cuenta con el programa de Atención a Víctimas, que funciona en el Centro Integral de Atención a Víctimas ubicado en calle Carlos Anwandter 750.

 


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